Comprar sobre plano es algo que inevitablemente, genera cierta inquietud. El hecho de no ver materializada la vivienda, confiar en los promotores y dejar que la imaginación haga lo suyo tiene sus riesgos. Ahora, el gobierno quiere regular las garantías de la compra sobre plano. ¡Te lo contamos!
En pleno boom inmobiliario se dieron casos de personas que compraron sus viviendas sobre plano, y acabaron pagando por algo que no era lo que les habían prometido, teniendo que ir a juicio para reclamar su dinero, etc. Como suele pasar, unos pocos lograron que la venta sobre plano adquiriera una mala fama que costará mucho de ”limpiar”.
Con este nuevo régimen, los promotores de vivienda no se verán obligados a suscribir un seguro, sino que podrán optar por una garantía financiera para cubrir el mismo riesgo, según se regula en la Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, publicada en el BOE.
Es decir, los constructores podrán escoger entre contratar un seguro, como hacían hasta ahora, o poner una garantía financiera. Eso sí, escojan lo que escojan tiene que cubrir los mismos riesgos.
¿Cómo lo pagarán las empresas promotoras? mediante el contrato de seguro de caución que hayan suscrito con entidades aseguradoras o mediante aval solidario emitido por las entidades que les hayan dado el crédito.
Sin embargo, no todos los actores del sector están de acuerdo con que esta medida sirva para incrementar las garantías de quién compra sobre plano. Fíjate por qué:
La obligación por parte del promotor de asegurar el dinero aportado por el comprador de una casa sobre plano, sólo se produce a partir de que haya licencia de obra. Los expertos aseguran que muchos compradores, por desconocimiento, adelantan dinero antes de que la obra obtengan su licencia, y por lo tanto, quedan fuera de esa seguridad jurídica.
Por otro lado, se reduce el plazo para reclamar la devolución del dinero a cuenta en caso de que no se fuera a hacer la vivienda, que pasa de 15 a 2 años. Colectivos de abogados consideran que 2 años es muy poco, ya que es un tiempo que se esfuma simplemente con un trámite administrativo municipal.
Además, el nuevo reglamento le otorga al comprador responsabilidades que pueden generar pérdidas de garantías, como por ejemplo que: en el momento en que se expide la cédula de primera ocupación o en el momento en que el comprador renuncia a la vivienda, la garantía del promotor se cancela de forma automática, con el fin de eliminar la responsabilidad de la aseguradora.
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