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La crisis sanitaria de los últimos tiempos ha tenido un gran impacto en la economía provocando cierres de empresas, crecimiento del paro y desaceleración en el crecimiento.
Para paliar los efectos de este “tsunami” las instituciones europeas han actuado de forma muy diferente que en 2008 y no han optado por la contención en el gasto.
Al contrario que en la última crisis económica han decidido impulsar la economía con la creación de fondos Next Generation que buscan potenciar la recuperación a través de una economía más sostenible, verde y de eficiencia energética.
Con ello, se busca también combatir una de los grandes problemas actuales en el planeta, el cambio climático y su impacto negativo sobre la economía uy nuestra vida en general.
Uno de los aspectos donde más se puede incidir es en la mejora de la eficiencia energética de nuestras viviendas, lograr que ahorren calor y que consuman menos energía.
Por ello, gran parte de estos nuevos fondos tendrán este objetivo y como ciudadano nos podemos beneficiar fiscalmente.
Te explicamos como a través de la RDL 19-2021 que trata de las Medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Con este título salen publicados los cambios que han sido aprobados derivados de la implementación de los fondos Next Generation, que afectan a nuevas deducciones que los contribuyentes podrán aplicar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para incentivar ciertas actuaciones en las viviendas y en los edificios, dirigidas a mejorar su eficiencia energética.
Para tal fin habrán de llevarse a cabo determinadas actuaciones que conllevan y permiten diferentes tipos de deducción en el IRPF;
si bien hemos de remarcar que de realizarse la inversión nos tendríamos que dirigir en primer lugar a los constructores e instaladores autorizados competentes para que validen el cumplimiento de los requisitos técnicos que la norma exige en cuanto al ahorro energético y que será lo que aplicar efectivamente estas nuevas deducciones.
Comentarios previos:
- Tiene carácter temporal.
- Se trata de deducciones aplicables sobre cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual, tanto en régimen de propiedad como de arrendamiento y en edificios residenciales.
- El pago deberá realizarse mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidad de crédito. No dan derecho a deducción las cantidades entregadas en efectivo.
Deducciones:
1ª Deducción: obras en la vivienda que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual con mejora al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración.
2ª Deducción: obras en la vivienda que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual con mejora al menos un 30% en la demanda de consumo de energía primaria no renovable.
3ª Deducción: obras en la vivienda que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de edificios de uso predominante residencial.
Vale la pena sondear a los profesionales y aprovechar esta oportunidad de mejora que tarde o temprano se deberían llevar a cabo.
Se trata de unas medidas que buscan la mejora energética de las viviendas y el ahorro doméstico y que suponen una gran oportunidad para muchas empresas del sector, su modernización y su crecimiento futuro
Es una excelente oportunidad que vale la pena aprovechar
¡El medio ambiente y nuestra salud lo agradecerán!
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