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La Cédula de Habitabilidad es un documento que otorga la Agència Catalana de l’Habitatge que acredita que una vivienda reúne los requisitos de habitabilidad y solidez marcados por ley y que se autoriza su destino a residencia de personas, siendo su validez de 15 años desde la fecha de expedición.
Es imprescindible contar con ella para alquilar o vender una vivienda. También es obligatoria para contratar los suministros de agua, gas y electricidad de las compañías correspondientes. La cédula la puede solicitar el propietario, el administrador o un representante autorizado como, por ejemplo, un agente inmobiliario profesional.
Hay 2 tipos de cédulas :
1) de primera ocupación. Cuando se trate de viviendas nuevas o después de una gran rehabilitación. Es la que más solicitan los promotores y constructores.
2) de segunda ocupación. Cuando se trate de viviendas existentes. Está destinada a personas propietarias de un inmueble, administradores o representantes autorizados.
La cédula debe realizarla un arquitecto técnico, como mínimo, y luego debe presentarla en las oficinas del Consorci de l`Habitatge de Barcelona por correo ordinario o por via telemática.
Los datos que figuran en la cédula son: dirección y ubicación de la vivienda, la superficie útil y las habitaciones de las que dispone, las estancias y los espacios, el umbral máximo de ocupación y la identificación / titulación de la persona técnica que certifica la habitabilidad. Las tasas a pagar son 18,90 € por cédula de segunda ocupación.
En la cédula no figura el nombre del propietario/a. Se trata de un documento que acredita las condiciones objetivas de habitabilidad de una vivienda con independencia de sus titulares u ocupantes.
Para que una vivienda sea habitable debe reunir siguientes requisitos :
- Superficie mínima de 36 m2.
- Como mínimo una estancia / sala- comedor, un baño y una cocina.
- En el caso de sala única debe permitir una compartimentación de una habitación de 8m2 , como mínimo.
- En el caso de que tenga una habitación que sea de 6 m2, como mínimo.
- Altura mínima de 2,5 mts. En cocina, baños y pasillos se permite 2,20 mts. En el resto se puede admitir 2,30 mts de altura si es para el paso de instalaciones y elementos estructurales.
También se solicita que :
- Las habitaciones puedan independizarse así como los baños. Estos últimos no pueden estar en zona de paso aunque se permite la instalación de un lavamanos.
- Los accesos a todos los espacios deben ser practicables.
- La puerta de accesos deben tener anchura mínima de 0,80 mts y una altura de 2 mts. Los espacios interiores destinados a la circulación que conecten el accesos a la vivienda deben tener anchura de 1 m y permitir un circulo de maniobra de 1,2 metros de diámetro.
- Servicio de agua fría y caliente, evacuación de aguas y electricidad.
- Equipo higiénico de, al menos, lavamanos, inodoro y ducha.
- Cocina con, al menos, fregadero, aparato de cocción y campana extractora.
- Instalación previa para lavadora y servicio telefónico.
- Portero electrónico en el edificio.
- Fachada abierta a espacio libre exterior que ofrezca ventilación.
- Espacio de almacenaje previsto en cada habitación.
¡Esperamos que os haya sido de utilidad!
Immoaugusta | Serveis Immobiliaris de confiança[:]
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