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Si estás pensando en adquirir un inmueble debes saber que el momento de hacerlo es ahora, antes del 31 de diciembre, ya que hay cambios fiscales a la vista que encarecerán las operaciones. Existe por tanto un ahorro si se cierra la operación ante Notario antes de esa fecha.
Tenemos a la vista modificaciones fiscales que afectarán en gran manera a las compras inmobiliarias. A partir del próximo 1 de enero el sistema de calcular la base imponible del ITP, del impuesto de Patrimonio y Sucesiones estará vinculada al valor de referencia del Catastro.
Según nos informa Idealista, a partir del próximo 1 de enero, la forma de realizar el cálculo de la base imponible de los impuestos sobre el Patrimonio, Sucesiones y Donaciones (ISD) y Transmisiones Patrimoniales (ITP) estará vinculada al valor de referencia del Catastro, distinto del valor catastral, y se originará del resultado del análisis comparativo de los precios de todas las compraventas de inmuebles realizadas ante notario.
Los expertos auguran un aumento de impuestos que recaudarán las diferentes comunidades autónomas.
A partir del 1 enero de 2022 la base imponible de estos tres tributos ya no será el precio real de los inmuebles, sino su valor de mercado. Y la normativa asume que éste es el valor de referencia aprobado por la Dirección General del Catastro.
Por ello, será el comprador del inmueble el que deba demostrar que dicho valor de referencia no se ajusta al que realmente tiene la vivienda. Se revierte, por tanto, la carga de la prueba, y se imputa al contribuyente.
También esta previsto que la recaudación de impuestos de las comunidades autónomas se incremente el próximo año, en la medida en que hasta ahora venía dándose por bueno, sin ser objeto prioritario de inspección,
un valor teórico basado en multiplicar el valor catastral por un coeficiente, cuyo resultado solía ser muy inferior al valor real de mercado.
Los expertos predicen que se producirá un aumento de la recaudación para las comunidades autónomas, en la medida en que el valor de referencia se asimilará, aunque se aplique un factor de minoración del 0,90, a un valor de mercado real y, en cambio,
anteriormente era habitual que un número grande de operaciones de inmuebles de segunda mano se les aplicará el tributo por el valor catastral multiplicado por el coeficiente, siendo este resultado habitualmente inferior al valor real de mercado del mismo.
El valor de referencia se calculará todos los años promediando el precio de los inmuebles por zonas de un mismo municipio, siendo, por tanto, similar a lo que sería el valor de mercado del inmueble objeto de transmisión.
Un nuevo factor para reducir los impuestos
Para evitar posibles desajustes o impuestos demasiado altos, el Gobierno ha anunciado que, una vez sean efectivos estos cambios, se pondrá en marcha un factor de minorización del 0,9 para ajustar las valoraciones de la forma más real posible.
Con este ajuste de la base imponible, que afectará tanto a inmuebles rústicos como a inmuebles urbanos, se podrá rebajar hasta un 10% el pago del impuesto, para intentar corregir así las diferencias de precios que marquen los datos del Catastro.
Quien compre vivienda de segunda mano antes del 31 Dic se ahorrará impuestos
El contribuyente que compre una vivienda usada antes de que termine 2021 se librará de la subida impositiva al pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP),
el tributo que grava la compra de casa de segunda mano. En 2022 no pagará impuestos por el precio que le ha costado la casa, sino por su valor de mercado: el valor de referencia aprobado por la Dirección General del Catastro.
Este valor de mercado será calculado a partir de precios de transacciones de inmuebles, según información facilitada por Notarios y Registradores,
con lo que no será necesario visitar el inmueble y, por tanto, no habrá necesidad de conocer el estado de conservación, materiales empleados, si está reformado o no, etc.
Es decir, la Hacienda autonómica ya no va a realizar visita ni una comprobación in situ del inmueble vendido, heredado o donado para saber si el contribuyente ha tributado por el valor correcto, sino que la base imponible será dicho valor de referencia aprobado por Catastro
Estas modificaciones fiscales harán que la compra de un inmueble en 2022 será, sin duda, más cara que antes del 31 de Diciembre de 2021.
Son cambios tributarios a la vista que afectarán las operaciones y complicarán su cálculo ya que deberá tenerse en cuenta varios factores adicionales que no se contemplaban hasta este momento.
Cada vez es más claro la necesidad de contar con un Asesor Inmobiliario Profesional que ayude al vendedor y comprador del inmueble y les asesore también en los temas fiscales.
Solo así se podrá contar con toda la información y tomar las decisiones inmobiliarias acertadas.
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