Los conceptos de pleno dominio, nuda propiedad y usufructo son esenciales en el ámbito jurídico e inmobiliario, especialmente en operaciones de herencias, donaciones, testamentos o transmisiones patrimoniales. Muchas personas tienden a confundir estos términos o a utilizarlos como sinónimos, pero cada uno tiene un significado jurídico distinto.
Comprender sus diferencias ayuda a evitar conflictos familiares, malentendidos y problemas legales costosos.
¿Qué es el pleno dominio?
El pleno dominio representa la propiedad absoluta de un bien, ya que incluye tanto la nuda propiedad como el usufructo. Quien tiene pleno dominio posee la titularidad legal y el derecho de uso, pudiendo habitar la vivienda, alquilarla, venderla, hipotecarla, donarla o dejarla en herencia.
¿Qué es la nuda propiedad?
La nuda propiedad significa ser titular legal de un inmueble, pero sin poder disfrutarlo hasta que finalice el usufructo. Es habitual en herencias que los hijos reciban la nuda propiedad y el cónyuge viudo el usufructo vitalicio.
El nudo propietario, aunque no use el bien, debe asumir gastos extraordinarios, reparaciones estructurales y posibles cargas legales sobre el inmueble.
¿Qué es el usufructo?
El usufructo otorga el derecho de usar y disfrutar un bien ajeno sin ser su propietario. El usufructuario puede vivir en la vivienda o alquilarla, pero no venderla. Suele emplearse en herencias para proteger económicamente al cónyuge sobreviviente.
El usufructuario está obligado a conservar la vivienda, pagar impuestos como el IBI y afrontar reparaciones ordinarias.
¿Se puede vender o heredar la nuda propiedad?
Sí. La nuda propiedad puede transmitirse por compraventa, donación o herencia, aunque el nuevo titular deberá respetar el usufructo existente hasta que finalice. En la práctica, es común que usufructuarios y herederos lleguen a acuerdos económicos para adelantar la plena disponibilidad del inmueble.
Conclusión
Diferenciar entre pleno dominio, nuda propiedad y usufructo es fundamental en cualquier proceso de herencia, testamento, donación o compraventa. Conocer estas figuras jurídicas permite proteger el patrimonio familiar, evitar conflictos y planificar con responsabilidad la transmisión de bienes.
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