El 78,2% de los españoles tiene una vivienda en propiedad, según datos de Eurostat correspondientes al último informe del Instituto de Estudios Económicos (IEE). En España, el sueño de comprar una casa sigue vivo pero, ¿qué pasa cuando la situación es la contraria? Con tantas viviendas en propiedad, es lógico que España sea también un país de herederos. Ante esta panorama, hoy analizamos las claves de otro de los temas de interés del sector inmobiliario: ¿se puede vender un piso en herencia si uno de los hermanos se opone?
Lo más importante es que esta situación no desencadene un conflicto familiar. Cualquier agente inmobiliario con experiencia en el sector ha podido vivir un episodio así y, por lo tanto, comprobar que existen soluciones y caminos para llegar a un acuerdo. Vayamos a ellas.
Para empezar, es preciso aclarar que no se puede obligar a vender parte de una herencia pero, si la mayoría quiere iniciar este trámite, deberá solicitar judicialmente la división de la herencia para la venta en pública subasta. Ya avanzamos que esto conlleva unos costes económicos ya que es necesaria la intervención de otras figuras profesionales como la del perito judicial, el responsable de tasar de la vivienda.
Por ello, lo normal, es que cuándo se deciden los herederos e interponen este procedimiento judicial para vender la herencia de casa entre hermanos, suelen unirse varios hermanos con el fin de compartir los gastos que supone.
El siguiente paso: celebrar la subasta pública. En esa puja, está permitida la intervención de cualquier tercero y, por supuesto, los herederos que se vieron obligados a interponer el procedimiento judicial.
El único que no podrá “pujar” será el heredero que se negaba a vender la casa heredada entre varios hermanos.
¿Cómo se resuelve? La casa heredada se adjudicará al “mejor postor” de los intervinientes en la pública subasta y se le entregará a “precio de remate”, que es el dinero obtenido descontados los gastos judiciales a los herederos.
Si todos los hermanos están de acuerdo con la venta de la vivienda heredada, las 3 principales opciones que se te plantearían son:
- Una de las partes se queda con la vivienda y se responsabiliza de liquidar la copropiedad. Tendrá que indemnizar a las otras partes en función del porcentaje de cada una de ellas. Para saber el cálculo de la indemnización, se debe realizar una tasación previa que fijará su valor de mercado.
- Otra opción es que el piso lo compra un tercero y cada uno de los hermanos recibe su parte correspondiente.
- Si no encuentran ninguna solución y parece que ninguna de las partes está de acuerdo, siempre queda abierta la vía judicial para resolver el conflicto.
Y ya que hemos abierto este tema, puede que te estés preguntando lo siguiente: ¿Hay un tiempo mínimo en el que no se pueda vender un piso heredado?
Conviene saber que, desde el punto de vista fiscal, para evitar recargos es conveniente que el ISyD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) sea liquidado dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento del causante.
En relación a la plusvalía municipal, si el inmueble se vende pasado un año desde que se registró la vivienda a nombre del heredero, se volverá a generar la obligación de liquidar y pagar este impuesto municipal.
Así que, si estás interesado en vender la casa heredada, nuestro consejo es que lo hagas dentro del año posterior a la adjudicación e inscripción para evitar este pago nuevamente.
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