La nueva Ley de Crédito Inmobiliario entra en vigor el 16 de Junio y traerá muchos cambios al mercado hipotecario.
Un decreto y una orden ministerial complementan a la Ley de Crédito Inmobiliario que autorizó el Congreso en febrero y que verá la luz legal el próximo 16 de junio. Las nuevas normas indican que los bancos deberán facilitar a los clientes una ficha estándar con informaciones precontractuales y consideraciones relativas al préstamo que deseen contratar. También se establece que prestamistas e intermediarios deben seguir las mismas normas que las entidades bancarias para poder publicitar sus hipotecas.
El plazo de la Unión Europea para que la legislación española se adapte a la normativa comunitaria venció en marzo de 2016. En la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, la titular de Economía, Nadia Calviño, recalcó que el nuevo decreto se tramita por la vía de urgencia (el Congreso deberá aprobarlo en un mes). Por ello, se mostró muy segura de que Bruselas exonerará a España de pagar una multa por el retraso que se ha acumulado.
La norma aprobada el pasado febrero ponía en marcha cambios, para “la clara protección del consumidor”, según recordó la ministra, como la prohibición expresa de las cláusulas suelo, la reducción de los intereses de demora, la aplicación más extensa del código de buenas prácticas o nuevas alternativas para poner en marcha los desahucios. También remarca que debe haber un plazo de 10 días en los que el prestatario disponga de toda la información antes de firmar la hipoteca.
En ese periodo, el cliente puede plantear sus dudas y consultas al notario, que deberá garantizar que comprende bien el contrato. Eso exige que el notario disponga también de la documentación del préstamo y por ello el nuevo decreto aprobado ayer añade regulación sobre aspectos técnicos, como los requisitos de los medios telemáticos que las entidades deberán usar para enviar esos documentos. También establece el régimen de los servicios de asesoramiento y remarca los requisitos para que una empresa distinta a una entidad de crédito pueda intervenir como prestamista inmobiliario.
La orden ministerial, por su parte, controlará otros aspectos como la extensión de las reglas de publicidad hipotecaria de los bancos a otros actores que participan en la concesión de préstamos para la adquisición de inmuebles. También desarrolla el modelo de las fichas, una con información precontractual y otra con modelos de advertencias, que se entregarán a los clientes. De esa manera será más fácil comparar un préstamo con otro.
También establece una serie de requerimientos mínimos que deben cumplir el personal y los directivos de prestamistas inmobiliarios e intermediarios para demostrar sus conocimientos y competencia. Por último, garantiza que las reglas de protección al consumidor se deben aplicar igualmente en los casos de hipotecas inversas.
Todas estas medidas son obligadas para alinear la normativa española a la europea desde hace muchos años. También buscan añadir claridad y seguridad a las transacciones crediticias inmobiliarias después de que los años de crisis revelarán que las malas prácticas fueron las causantes de muchos problemas financieros para gran cantidad de consumidores.
La adquisición de viviendas mediante hipotecas es una de las operaciones financieras más importantes en la vida de muchas personas y deben estar protegidas legalmente para garantizar que el consumidor dispone de toda la información de forma comprensible y clara.
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