La “Golden Visa”, un interesante atractivo para compradores inmobiliarios extranjeros de alto nivel.
Tal como nos explica el Col·legi API de Barcelona la “Golden Visa” es una autorización de residencia y de trabajo en España dirigida a los ciudadanos extranjeros no comunitarios que realicen una inversión significativa en España en, por ejemplo, un bien inmueble. Esta adquisición da derecho al inversor (y a sus familiares directos) tanto a residir como a trabajar en España.
La normativa que regula este tipo de autorización viene recogida en la Ley 14/2013 denominada “Ley de Emprendedores” y por medio de la cual se establece como “Inversión significativa” la adquisición de bienes inmuebles en España, por una inversión igual o superior a 500.000 euros.
Así pues, los compradores que buscan obtenerla y adquirir la condición de inversores en bienes inmuebles en España deben invertir un importe igual o superior a dicha cantidad. Este importe debe ser, hasta la referida cantidad, una inversión neta venida del exterior, libre de cargas y gravámenes. A estos efectos, se puede invertir en uno o en varios inmuebles, siendo que, en este último caso, la suma total de la inversión deberá superar el medio millón de euros.
La “Golden Visa” ha surgido como un recurso para atraer capital exterior de la Unión Europea a cambio de la concesión de un permiso para residir y trabajar en España. Por este procedimiento, se han atraído a España familias provenientes principalmente de China (32,6%) y de Rusia (30,1%). De los 3.351 expedientes de inversión por compra de inmuebles solicitando “Golden Visa” y que se gastaron más de 3.000 millones de euros, 1.384 lo hicieron en la provincia de Barcelona (44,1% del total), 125 en Girona y 36 en Tarragona, lo que nos demuestra, una vez más, el interés que tienen los compradores extranjeros en Cataluña.
Los compradores de inmuebles en busca de su obtención gastan, de media, 742.855€ por cada inmueble. En el caso de compradores venezolanos el gasto medio se dispara a 951.551€, colocándose estos en primera posición. Todo ello implica que esta regulación atrae a compradores de alto nivel adquisitivo que, de forma directa, contribuyen al crecimiento económico del país.
Dado que la obtención de la “Golden Visa” requiere el cumplimiento de diversos requisitos por parte del inversor, así como, la realización de trámites administrativos te los explicamos aquí
- Procedimiento y duración inicial de la “Golden visa”.
La Ley de Emprendedores permite al inversor obtener la “Golden Visa” a través de las siguientes opciones:
- Mediante la obtención de un Visado: Bajo este supuesto y siempre que el solicitante se encuentre fuera de España, deberá dirigirse ante el Consulado de España de su país de residencia a fin de solicitar el correspondiente Visado. Dicho visado, tendrá una duración inicial de 1 año. Durante la vigencia del mismo podrá solicitarse la obtención de la autorización de residencia y trabajo.
- Mediante la obtención de una autorización de residencia: En este caso y siempre que el solicitante se encuentre en España de forma regular en el momento de la presentación del expediente (en un régimen de estancia de corta duración (turista, por ejemplo), como titular de una autorización de estancia por estudios o como titular de una autorización de residencia) puede solicitarse directamente la obtención de la autorización de residencia, ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE), sin necesidad de tramitar previamente la obtención del visado para inversores. Dicha autorización tendrá una duración inicial de 2 años.
Importante:
- La solicitud de la autorización de residencia prorrogará la vigencia de la situación de residencia o de estancia de la que fuera titular el solicitante hasta la resolución del procedimiento.
• Obtenido el visado, durante su periodo de validez, se puede solicitar la obtención de la autorización de residencia (de 2 años de duración) encontrándose los solicitantes en su lugar de residencia y en cualquier momento durante el período de vigencia del visado.
• Puede ser más de un inmueble, siempre que la suma de sus valores sea igual o superior a €500.000 libres de toda carga y gravamen
- ¿A qué da derecho la “Golden Visa”?
• A residir en España;
• A trabajar en España, a nivel nacional, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia;
• A circular libremente por el espacio Schengen durante un período máximo de 3 meses en cualquier período de 6 meses: España, Francia, Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, República Checa, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, Suecia y Suiza. - ¿El derecho de residencia se extiende a los familiares?
Sí, de forma simultánea o con posterioridad pueden solicitarse la obtención tanto de visados como de autorizaciones de residencia a favor de los familiares directos del inversor. A estos efectos se consideran familiares directos del inversor:
• Descendientes menores de edad;
• Descendientes mayores de edad si no han creado una unidad familiar propia y si son económicamente dependientes del inversor;
• Cónyuge o persona con relación análoga (pareja de hecho);
• Ascendientes, si son económicamente dependientes del inversor.
Importante: Los familiares del inversor también obtendrán permisos de residencia y de trabajo en España.
- ¿Puede prorrogarse la autorización de residencia?
Aquellos inversores extranjeros que deseen prorrogar su autorización de residencia podrán solicitar su renovación. Las renovaciones se concederán por periodos sucesivos de 5 años. Las renovaciones podrán realizarse siempre y cuando se mantengan las condiciones iniciales que significaron la concesión del permiso (principalmente, justificando que se mantiene la titularidad de la inversión).
- ¿Cuáles son los plazos de resolución de los procedimientos de solicitud de obtención de la “Golden Visa”?
Los plazos de resolución de los expedientes de concesión de “Golden Visa” son muy reducidos en comparación con la tramitación de otros procedimientos de extranjería de concesión inicial de permisos en España.
- El plazo de resolución de un expediente de solicitud de obtención de visado de 1 año para inversores (a tramitar ante el Consulado de España del lugar de residencia de los solicitantes es de 20 días naturales).
• El plazo de resolución de un expediente de solicitud de obtención de autorización de residencia de 2 años para inversores (a tramitar ante la Unidad de Grandes Empresas en España) es de 30 días naturales.
- ¿Cuáles son los requisitos generales para la obtención de la Golden Visa?
• No encontrarse de forma irregular en el territorio español.
• Ser mayor de edad.
• Pasaporte o documento de viaje en vigor.
• No tener antecedentes penales.
• No figurar como rechazable en el espacio territorial de los países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido. - ¿Cuáles son los documentos principales requeridos para la obtención de la Golden Visa?
• Pasaporte completo o documento de viaje en vigor de los solicitantes.
• Certificado de antecedentes penales de aquellos países donde los solicitantes hayan residido durante los últimos cinco años.
• Documentos que justifiquen la tenencia de medios económicos suficientes para el sostenimiento del ciudadano inversor y sus familiares.
• En su caso, documentos que justifiquen el vínculo del inversor con sus familiares.
• Seguro médico público o privado con cobertura en España.
• Documentos que justifiquen la inversión del bien inmueble en España, por importe igual o superior a 500.000€ (hasta la referida cantidad la inversión debe ser libre de toda carga y gravamen).
• Justificante de pago de la tasa administrativa que conlleva cada expediente (a día de hoy, por importe de 71,81 €). - ¿Es necesario legalizar y traducir los documentos emitidos en el extranjero?
Sí, todo documento emitido en el extranjero debe legalizarse y traducirse al castellano (traducción jurada en algunos casos) para su uso y validez en España.
Importante:
• La legalización de documentos emitidos en un País firmante del Convenio de la Haya consistirá en obtener la Apostilla de la Haya.
• La legalización de documentos emitidos en un País no firmante del Convenio de la Haya consistirá en la legalización por vía diplomática.
- ¿La “Golden visa” puede solicitarse antes de realizar la compra de la residencia?
En los siguientes supuestos la ley establece la posibilidad de solicitar la obtención inicial del visado cuando la compra del inmueble todavía no ha sido formalizada:
• Si en el momento de la solicitud del visado, la adquisición de los inmuebles se encontrara en trámite de inscripción en el Registro de la Propiedad, será suficiente la presentación de un certificado de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles en el/los que conste vigente el asiento de presentación del documento de adquisición, acompañada de documentación acreditativa del pago de los tributos correspondientes.
- Si el extranjero no ha formalizado la compra del inmueble o inmuebles pero existe un precontrato con garantía en su cumplimiento por medio de arras u otro medio admitido en derecho formalizado en escritura pública, deberá presentar, junto con el cumplimiento de otros requisitos, el precontrato con garantía junto con un certificado de una entidad financiera establecida en España en el que se constate que el solicitante dispone de un depósito bancario indisponible con la cantidad necesaria para la adquisición, cumpliendo el contrato comprometido, del inmueble o inmuebles indicados, incluyendo cargas e impuestos. El importe del depósito sólo podrá ser utilizado para la compra final del inmueble o inmuebles indicados en el precontrato con garantía. En este supuesto, el interesado recibirá un visado de residencia para inversores de duración máxima de 6 meses.
- ¿Qué requisitos deben cumplirse para renovar la residencia?
Los solicitantes de renovación de autorización de residencia deberán, principalmente, justificar que se mantienen las condiciones iniciales que significaron la concesión inicial del visado o de la autorización. Así, principalmente, deberá justificarse que se mantiene la inversión realizada en España, es decir, que se continúa siendo titular del bien inmueble.
Importante: Si bien cabe la posibilidad de cambiar el tipo de inversión (de un inmueble a otro, por ejemplo), de cara a renovar el permiso y a poder mantenerlo, habrá que comunicarlo a la Unidad de Grandes Empresas.
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